Las nuevas técnicas de modificación genética

Seguridad alimentaria ante las plagas y el cambio climático

En el año 2018, el tribunal de justicia de la Unión Europea dictaminó que los riesgos de las plantas transgénicas (modificadas por la adición de un nuevo gen) son equivalentes a los de las plantas editadas con CRISPR. Sin embargo, no es lo mismo porque a éstas no se les añade ningún transgén, sino que se efectúan pequeñas modificaciones: substituciones, deleciones o inserciones, que son idénticas o parecidas a las que ya existen en otras plantas naturales. Aunque se echaba en falta una razón científica, se determinó que toda planta genéticamente editada, fuera cual fuera el procedimiento, debía pasar por una evaluación que implicaba complejos exámenes, para prevenir posibles riesgos para la salud y el medio ambiente. Es decir, se trataba igual a todo organismo genéticamente modificado (OGM). Esto ha supuesto un aislamiento de Europa y Nueva Zelanda con respecto al resto del mundo.

La opinión generalizada de los científicos es que la sentencia de 2018 no es correcta pues hacía equivalente la inserción de un gen proveniente de un organismo diferente en el genoma de una planta para transformarla en transgénica, a la modificación de algunas pocas bases del ADN por el sistema CRISPR. Esto último es bastante preciso para conseguir que un gen varíe y la planta adquiera alguna propiedad conveniente, como la resistencia a determinados patógenos, un mejor sabor,…, pero siempre similar a una variante genética existente en la naturaleza.

Recientemente la Comisión Europea ha propuesto una norma que regule el uso de las nuevas técnicas genómicas (NGT). Estas técnicas se refieren a los nuevos métodos como el famoso CRISPR, una poderosa herramienta para modificar el genoma de plantas y animales que está revolucionando la biotecnología. Esto es importante porque el fitomejoramiento convencional demora décadas o al menos años para lograr una nueva variedad de planta. Usando CRISPR es posible editar con mucha precisión y de forma rápida el genoma de plantas para hacerlas resistentes a las plagas como el hongo Fusarium en los plátanos o el tizón bacteriano del trigo. También se podría incrementar su calidad nutricional produciendo un trigo bajo en gluten que sería aceptable para personas celíacas. Esto podría contribuir a la solución de problemas alimentarios en diversos lugares afectados por el actual cambio climático.

Entonces, esta propuesta de la Unión Europea distinguiría dos tipos de plantas producidas con NGT. El primero sería el correspondiente a la planta que ha sufrido una alteración genética equivalente a una planta convencional y que su análisis genómico no la distingue de una variedad natural. En esta categoría entrarían, por ejemplo, aquellas plantas a las que se ha modificado solo entre una a tres pares de bases de su ADN, de los millones que constituyen su genoma, para lograr que sean resistentes a determinados patógenos. En el anexo de la propuesta se concreta lo siguiente: el número de sustituciones o inserciones de letras del genoma debe ser menor o igual 20; y el número de deleciones o inversiones en la dirección de un fragmento de ADN puede ser ilimitado. En realidad, no hay explicación científica de la razón de esto pues en la naturaleza constatamos inserciones mucho mayores. Esas plantas no estarían sujetas a las regulaciones para OGM, sino que serían consideradas como plantas cultivadas de manera convencional, lo que resulta muy positivo. Sin embargo, en la norma, estas plantas han sido excluidas de la agricultura orgánica, de tal forma que se consideran como cultivos convencionales en agricultura de tipo no orgánico y como cultivos genéticamente modificados en agricultura orgánica. La comisión europea reconoce que no será posible distinguir entre estas plantas y las cultivadas de forma convencional, por lo tanto, etiquetar sus semillas sería poco menos que imposible. Desde la ciencia, esta exclusión no resulta comprensible.


El segundo tipo sería el de aquellas plantas NGT que no pasen la prueba y serían tratadas como OGM.

Aunque algunos se oponen a admitir los NGT entre los cultivos orgánicos, Urs Niggli, presidente del Instituto de Agroecología de Suiza, valora positivamente las plantas NGT. Si se concreta la aplicación de la norma propuesta, se limitará la innovación en este tipo de agricultura y la meta de la comisión europea de alcanzar la cuarta parte de las tierras agrícolas en 2030 será difícil de lograr. Téngase en consideración que, si los cultivos orgánicos tienen beneficios para la salud y el ambiente, requieren demasiada extensión para que sea posible el cambio de las actuales técnicas agrarias. La resistencia a las plagas y el mejor rendimiento de los NGT podrían conducir a que los sistemas de cultivo orgánico alcancen un nivel superior.

Esta propuesta de la Comisión Europea debe aún pasar a debate en el Parlamento y el Consejo previamente a su posible aprobación. De todos modos, es positivo el cambio que se está dando y, desde luego, tendrá un importante efecto en la biotecnología y en la economía, siempre que no prime la visión de los partidos “verdes” y se opte por aplicar el llamado “principio de precaución” de manera exagerada. La seguridad alimentaria en muchos países y la estrategia ante el cambio climático se verán seguramente favorecidas con las normas que surjan de esta propuesta. La ética en investigación debe conducirnos a buscar mejores alternativas para todos que sean seguras y eficaces, equilibrando riesgos y posibles beneficios, pero sin pretender que el riesgo sea nulo: esto sería utópico.