Card. Fernández sobre las apariciones de Medjugore

Las nuevas normas lo explicarán. Quizás aclarar algunos puntos

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El Dicasterio para la doctrina de la Fe dio a conocer hoy 17 de mayo las nuevas normas que aceptan o menos las apariciones o presuntos eventos sobrenaturales que entrarán en vigor a partir del próximo domingo de Pentecostés.

El punto central es que para declarar que un evento es sobrenatural requiere entre otras cosas mucho tiempo y en la época de los social es un lujo que la Iglesia no se lo puede permitir.

El prefecto del Dicasterio, cardenal Víctor Fernández, indicó que estas normas son «una guía para discernir situaciones que pueden ocurrir fuera de lo ordinario en la comunidad cristiana» y «cuentan con el firme apoyo del Santo Padre».

Así el Dicasterio propone seis normas, desde el Nihil obstat (no hay impedimento) hasta la Declaratio de non supernaturalitate. O sea que el evento no tiene nada de sobrenatural.

Durante las preguntas, entró de lleno Medjugore y el caso de unas supuestas apariciones marianas en a localidad de Trevignano, a pocos kilómetros de Roma, donde el obispo local, animado por el Dicasterio -explicó Fernández- declaró la ‘no sobrenaturalidad’ de los hechos.

“Y si esta gente quiere continuar no tenemos policía, no podemos prohibirles que pidan dinero en un terreno que no es nuestro». Entretanto para llegar a la excomunión, precisó, es necesario el cisma.

En cambio sobre las apariciones marianas de Medjugorje el prefecto declaró que “no he leído el material que está en el Dicasterio. Sé algunos detalles pero tenemos que ponernos a estudiar, visto que con estas nuevas normas será más fácil llegar a una conclusión”.  El purpurado quiso precisar entretanto que “un fenómeno sobrenatural puede ser considerado bueno y no peligroso en el origen y puede tener algunos problemas más adelante. Esta es una diferencia que es necesario tener en cuenta en una declaración”.

“Y suponiendo -añadió el Prefecto- que haya un nihil osta, al mismo tiempo habrá que aclarar algunos detalles que no tienen que ser tomados seriamente, porque si no recuerdo mal la Virgen daba algunas ordenes sobre el horario y lo que tenía que hacer el obispo. Eso habrá que aclararlo”, dijo.

Es decir que para una conclusión de cualquier evento fuera del normal, el discernimiento no se orientará «hacia una declaración del carácter sobrenatural del acontecimiento sino hacia una declaración prudencial» a menos que el Papa considere lo contrario, con seis conclusiones posibles, que llevarán así a la Iglesia a dar respuestas en tiempos breves.

Ante los periodistas que llenaban la Sala de Prensa de la Santa Sede, al presentar el tema en la Sala de Prensa de la Santa Sede, el purpurado relató algunos casos que vivió en primera persona en su país, Argentina, incluso muy insólitos, de tal manera no sobrenaturales que al ser «particularmente solucionables» en estos casos «no se procede ulteriormente».


Quiso precisar además que “los fieles nunca están obligados a creer en estos fenómenos”, puesto que la revelación ya se completó en las Sagradas Escrituras.

El nuevo documento valoriza las apariciones reconocidas: «Muchas veces estos acontecimientos han provocado una gran riqueza de frutos espirituales, de crecimiento en la fe, de devoción y de fraternidad y servicio, y en algunos casos han dado lugar a diversos Santuarios esparcidos por el mundo que hoy forman parte del corazón de la piedad popular de muchos pueblos».

En las diversas calificaciones en las que puede ser ubicado un evento las dos primeras  son suficientes para que los fieles confíen

1- Nihil obstat — Aunque no se expresa ninguna certeza sobre la autenticidad sobrenatural del fenómeno, se reconocen numerosos signos de una acción del Espíritu Santo «en medio»… Por este motivo se anima al obispo diocesano a apreciar y el valor pastoral y a promover la difusión de esta propuesta espiritual, también a través de posibles peregrinaciones a un lugar sagrado.

2- Prae oculis habeatur — Aunque se reconocen importantes signos positivos, también se advierten algunos elementos de confusión… Si hubiera escritos o mensajes, podría ser necesaria una aclaración doctrinal.

3- Curatur – Se detectan varios o significativos elementos críticos, pero al mismo tiempo ya hay una amplia difusión del fenómeno y la presencia de frutos espirituales relacionados y verificables con él. En este sentido, no se recomienda una prohibición que pueda perturbar al Pueblo de Dios;… se insta al Obispo diocesano a no fomentar este fenómeno.

4- Submandato – Los problemas críticos detectados no están vinculados al fenómeno en sí, lleno de elementos positivos, sino a una persona, una familia o un grupo de personas… En este caso, la guía pastoral del lugar específico donde se verifica el fenómeno, se confía al obispo diocesano o a otra persona delegada por la Santa Sede, quien, cuando no pueda intervenir directamente, intentará llegar a un acuerdo razonable.

5- Prohibetur et obstruatur – «A pesar de la presencia de peticiones legítimas y de algunos elementos positivos, las cuestiones críticas y los riesgos parecen graves», entonces «el Dicasterio pide al obispo diocesano que declare públicamente que no se permite la participación en este fenómeno».

6- Declaración de no sobrenaturalidad. En este caso, el obispo diocesano está autorizado por el Dicasterio a declarar que el fenómeno no es reconocido como sobrenatural.