Una mujer impide que eutanasien a su hija al cuestionar el protocolo

Aunque la madre de Belén no se muestra en contra de la Ley de la eutanasia, afirma que en las circunstancias actuales no se dan las condiciones para su aplicación

Diversos medios de comunicación se han hecho eco estos días de un dramático caso acaecido en Galicia, España.

Belén, una mujer de 54 años diagnosticada con esclerosis múltiple desde los 20, solicitó la eutanasia hace unos meses al declarar que no quería seguir viviendo. El Hospital Clínico de Santiago de Compostela avaló entonces la solicitud de la paciente. Tras aceptarse su petición, dos responsables del Servicio Gallego de Salud (Sergas) acudieron al domicilio familiar para informarles de que se materializaría la práctica médica unos días después. Lo que no esperaban es que la madre y representante legal de la enferma, Carmen Alfonso, no les abriera la puerta, negándose a que se entregaran la notificación a su hija. Precisamente, la madre de la enferma había interpuesto una denuncia, a través de la Fundación Abogados Cristianos, en el Juzgado de Instrucción nº 2 de la capital gallega solicitando medidas cautelarísimas al Juzgado de Instrucción que corresponda para frenar la eutanasia de su hija en base a presuntas irregularidades y exageraciones en los informes del Hospital Universitario de Santiago y de la comisión de garantía y evaluación de la eutanasia de Galicia. La progenitora, que asegura que su hija no sufre «dolores insoportables», va a pelear contra lo que considera un posible delito de eutanasia (art.143.4 del Código Penal) y otro de inducción al suicidio (art. 143.1 Código Penal). Asimismo, a través de la organización de juristas, expone que las razones que le llevan a tratar de impedir el deseo de su hija son las siguientes:


  • Los informes médicos están exagerados y contienen muchas «falsedades y mentiras».
  • El informe señala que su hija sufre «dolores constantes e insoportables», cuando no toma analgésicos (algo que la Ley de Eutanasia no considera indispensable para que se conceda), lo máximo un paracetamol de 650.
  • La solicitante no tiene «dificultad para deglutir -comer-, ya que «come de todo» y achaca el deseo de aplicar la eutanasia a «una fuerte depresión».
  • Tampoco se habría realizado, según ha apuntado, ninguna «valoración del estado mental» de su hija y no ha sido derivada a ningún psicólogo.
  • María Belén «ha sufrido presión externa para solicitar la eutanasia y no ha sido informada de la posibilidad de acceder a cuidados paliativos».
  • La solicitante «admitió» hace pocos días a una familiar que «había cambiado de parecer» y reconocía que “los informes estaban exagerados».
  • La madre subraya que, bajo su criterio, no se puede practicar la eutanasia a una persona que ha cambiado de opinión y que «está bien».

Aunque la madre de Belén no se muestra en contra de la Ley de la eutanasia, afirma que en las circunstancias actuales no se dan las condiciones para su aplicación.

Valoración Bioética

El caso que nos ocupa es preocupante. Aunque éticamente la eutanasia es reprobable en todos los casos, en el caso de Belén parece que se pone de manifiesto la pendiente resbaladiza que se ha constatado en los países en los que la eutanasia se ha legalizado. La relajación de las exigencias inicialmente recogidas en la ley que restringen la aplicación de la eutanasia a circunstancias concretas, conduce como en este caso a prescindir de estos requerimientos y acceder a ejecutar las solicitudes de eutanasia formuladas por pacientes que no padecen sufrimientos insoportables sino que atraviesas por procesos depresivos o simplemente manifiestas temor a sufrir en el futuro. Hemos observado en países donde la eutanasia está legalizada, que ésta acaba extendiéndose a menores de edad incluso niños de cualquier edad y enfermos mentales, en los cuales la validez de su consentimiento debe ponerse en entredicho. La cultura eutanásica traiciona el verdadero sentido de la medicina, porque la función del médico debería ser la de administrar los cuidados paliativos suficientes para controlar los síntomas refractarios de un proceso crónico o terminal y nunca acabar con la vida de su paciente.