Derecho enfermo de ideología

¿Qué “persona gestante” puede existir además de la mujer? ¿No resulta redundante? ¿O acaso la “mujer” no es “persona”? ¿Qué es lo que quiere dar a entender?

En México estamos viviendo el drama de cuando el derecho se muestra servil a la ideología. Lo que debería proporcionar seguridad, estabilidad y un marco firme para la convivencia social, se muestra voluble, manipulable al placer de grupos de presión minoritarios. De hecho, las activistas feministas y abortistas ya descubrieron “el caminito” para moldear la ley a su gusto. El pasado 6 de septiembre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una sentencia histórica, por la que reconocía la legitimidad del amparo presentado por una serie de asociaciones feministas contra el Código Penal, que tipifica el aborto como un delito.

Es histórica por dos motivos: normalmente los amparos no pueden modificar la ley, sino simplemente le dan la razón a la parte afectada. En este caso, en cambio, instan positivamente al Congreso de la Unión, a derogar los números del Código Penal Federal que tipifican al aborto como un delito. En segundo lugar, porque argumenta la sentencia apoyándose en una visión del derecho y la justicia desde el prisma de la ideología de género. Así, con base en supuestos derechos de “género y salud reproductiva”, no sólo despenalizan el aborto, sino que reconocen al aborto como un “derecho humano.” Ya no se trata de “despenalizar” una conducta negativa pero inevitable, sino que, por el contrario, se reconoce que esa conducta no solamente no es delictiva, sino que representa un “derecho humano”; claro, eso es así desde la perspectiva de género y de la “salud reproductiva.”

La misma ONG feminista-abortista que promovió los amparos, muestra sin ambages, en su página web, la estrategia que han seguido para convertir el aborto en un “derecho humano”:

“Con el objetivo de que todas las mujeres y personas gestantes tengan acceso a abortos seguros sin ser criminalizadas, GIRE y otras organizaciones locales hemos encabezado una estrategia jurídica nacional que consiste en presentar amparos para eliminar el delito del aborto autoprocurado y consentido en todos los códigos penales del país donde no se ha despenalizado por parte de los congresos, incluido el federal.”

Lo dramático es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación baila al mismo son de las ONGs feministas-abortistas; hablan el mismo lenguaje ideologizado. Baste ver unos extractos de la sentencia:

“Las disposiciones penales que criminalizan de manera absoluta el derecho a decidir sobre la interrupción del embarazo son contrarias a los derechos a la dignidad humana, a la autonomía reproductiva y libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la salud y el derecho de igualdad y no discriminación… la criminalización del aborto constituye un acto de violencia y discriminación por razón de género, ya que perpetúa el estereotipo de que las mujeres y las personas gestantes sólo pueden ejercer libremente su sexualidad para procrear y refuerza el rol de género que impone la maternidad como un destino obligatorio.”

Que el derecho ha sido sometido a la ideología resulta patente en la redacción de la sentencia. Baste mirar cómo sistemáticamente añade a la palabra “mujeres” la curiosa expresión: “y personas gestantes”, como si fueran un grupo distinto del de las mujeres. ¿Qué “persona gestante” puede existir además de la mujer? ¿No resulta redundante? ¿O acaso la “mujer” no es “persona”? ¿Qué es lo que quiere dar a entender?


Dice además la sentencia: “la Primera Sala concluyó que las normas que penalizan el aborto voluntario, ya sea que otra persona lo practique o que la mujer o persona gestante se lo autoprocure, son inconstitucionales al anular por completo el derecho a decidir.” ¿En qué parte de la Constitución Mexicana se consagra “el derecho a decidir”? (pro-choice). ¡En ninguna! Es decir, se trata de una lectura y una interpretación ideológica de la Constitución, que termina haciéndole decir a la Constitución lo que no dice por ninguna parte, sino lo que una pequeña minoría activista quiere que diga. Es decir, el derecho ha sido completamente sometido a la ideología, la letra escrita es letra muerta, lo que cuenta es la interpretación ideológica de la misma.

Sobra decir que el expediente judicial es el más comúnmente utilizado para modificar las leyes al gusto de las ONG activistas. Visto que no pueden convencer a la mayoría de la población, o a la mayoría del Congreso del país que se trate, buscan una vía más expedita y fácil: convencer a un pequeño número de jueces, para que validen sus ideologías o, más fácil aún, irlos infiltrando en los diversos estamentos jurídicos, nacionales e internacionales, para que interpreten la ley a su gusto.